Un fallo de la ex Superintendencia Tributaria (hoy Agencia de Administración Tributaria) ratificó el pago de una multa por 1.201.981 bolivianos que la Cooperativa de Teléfonos de La Paz Limitada (Cotel Ltda.) debe cumplir ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
El 29 de mayo de 2007, la gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales emitió la Resolución Determinativa 168/2007, en la que confirma una sanción por omisión de pago de 831.443 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), monto sobre el que se calculó la multa.
Impuestos estableció entonces que la telefónica dejó de pagar por ingresos no declarados, depuración del crédito fiscal, falta de retenciones por remesas al exterior, incidencia de gastos en el Impuesto a las Utilidades en el Exterior; lo que la cooperativa canceló cuando venció el plazo.
La ex Superintendencia del ramo emitió la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0115/2008 de 11 de febrero de 2008, que ratifica la Resolución Administrativa STR/LPZ/RA 0583/2007, de 23 de noviembre de 2007, emitida por la Superintendencia Tributaria Regional La Paz, la que confirmó, en primera instancia, la determinación del SIN.
Los fallos fueron impugnados por Cotel bajo dos argumentos: primero, porque Impuestos debió declarar que no existía deuda tributaria en cuanto se pagó y, en consecuencia, no debió calcular una multa sobre el monto inicial, sino sobre 557.758 UFV. Sin embargo, el SIN informó que, de acuerdo con la sentencia de la reguladora, que si la empresa canceló la omisión fue porque reconoció esta falta.
Esta deuda se suma a las mencionadas en sus estados financieros de 2008, a los que accedió La Prensa. El documento muestra que los ingresos por servicios de larga distancia, local, telefonía pública, internet e interconexión disminuyeron de Bs 322,8 millones a Bs 305,8 millones , pero los costos de operación subieron de Bs 367,4 millones a Bs 372,5 millones.
La situación crítica de la empresa derivó en su intervención por el Ministerio de Trabajo el 18 de junio, tras verificar pérdidas de 35,8 millones de bolivianos en sus ingresos pasivos de 280,5 millones, y denuncias de malos manejos económicos.
Esta situación llevó a los trabajadores a realizar una huelga de hambre, además de parar actividades por siete días, y presiones sindicales, vecinales y políticas.
La resolución de la ex Superintendencia también resuelve, en un segundo punto, que como en esta instancia se agota la vía de impugnación administrativa, la partes ahora pueden acudir a la vía judicial mediante proceso contencioso-administrativo.
El 29 de mayo de 2007, la gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales emitió la Resolución Determinativa 168/2007, en la que confirma una sanción por omisión de pago de 831.443 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), monto sobre el que se calculó la multa.
Impuestos estableció entonces que la telefónica dejó de pagar por ingresos no declarados, depuración del crédito fiscal, falta de retenciones por remesas al exterior, incidencia de gastos en el Impuesto a las Utilidades en el Exterior; lo que la cooperativa canceló cuando venció el plazo.
La ex Superintendencia del ramo emitió la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0115/2008 de 11 de febrero de 2008, que ratifica la Resolución Administrativa STR/LPZ/RA 0583/2007, de 23 de noviembre de 2007, emitida por la Superintendencia Tributaria Regional La Paz, la que confirmó, en primera instancia, la determinación del SIN.
Los fallos fueron impugnados por Cotel bajo dos argumentos: primero, porque Impuestos debió declarar que no existía deuda tributaria en cuanto se pagó y, en consecuencia, no debió calcular una multa sobre el monto inicial, sino sobre 557.758 UFV. Sin embargo, el SIN informó que, de acuerdo con la sentencia de la reguladora, que si la empresa canceló la omisión fue porque reconoció esta falta.
Esta deuda se suma a las mencionadas en sus estados financieros de 2008, a los que accedió La Prensa. El documento muestra que los ingresos por servicios de larga distancia, local, telefonía pública, internet e interconexión disminuyeron de Bs 322,8 millones a Bs 305,8 millones , pero los costos de operación subieron de Bs 367,4 millones a Bs 372,5 millones.
La situación crítica de la empresa derivó en su intervención por el Ministerio de Trabajo el 18 de junio, tras verificar pérdidas de 35,8 millones de bolivianos en sus ingresos pasivos de 280,5 millones, y denuncias de malos manejos económicos.
Esta situación llevó a los trabajadores a realizar una huelga de hambre, además de parar actividades por siete días, y presiones sindicales, vecinales y políticas.
La resolución de la ex Superintendencia también resuelve, en un segundo punto, que como en esta instancia se agota la vía de impugnación administrativa, la partes ahora pueden acudir a la vía judicial mediante proceso contencioso-administrativo.
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