La Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro (Coteor), desde hace un año, no cumple una resolución administrativa de la Dirección Departamental de Trabajo para la reincorporación del empleado Guillermo Salazar, quien fuera despedido injustificadamente en febrero de 2008.
El 15 de mayo de 2008 se emitió la resolución a favor del empleado, porque se probó que no hubo una suspensión justificada y, por el tiempo transcurrido, se instruyó la inmediata reincorporación a su fuente de trabajo, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales.
De acuerdo al Decreto Supremo 28699 y la Resolución Ministerial 551/2006, al no cumplimiento por infracciones a la ley social, establecen sanciones económicas a los infractores por lo que Coteor tendría que asumir esa responsabilidad al haber despedido injustificadamente al ex trabajador con varios años de antigüedad.
CASOS
El caso de Guillermo Salazar no es el único que existe en Coteor, por despido injustificado, porque Rosario Condori también fue despedida intempestivamente en febrero de 2008.
Ambos denunciaron esa arbitrariedad en la Dirección Departamental del Trabajo, instancia que de manera individual notificó tanto al empleador y empleado en la vía conciliatoria. A la primera convocatoria sólo asistieron los denunciantes y no así los representantes de la cooperativa, dando lugar a una segunda citación para otra audiencia; en la que nuevamente concurrieron los afectados y no los empleadores. A la conminatoria posterior tampoco concurrieron los representantes de la cooperativa y los dos ex trabajadores se beneficiaron con similares resoluciones que hasta la fecha Coteor no cumple.
DIRECCION
En la Dirección Departamental de Trabajo se informó a LA PATRIA que estos casos pasaron a otra instancia que es el Juzgado de Trabajo y se trata de un proceso judicial que puede durar varios años.
El 15 de mayo de 2008 se emitió la resolución a favor del empleado, porque se probó que no hubo una suspensión justificada y, por el tiempo transcurrido, se instruyó la inmediata reincorporación a su fuente de trabajo, al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales.
De acuerdo al Decreto Supremo 28699 y la Resolución Ministerial 551/2006, al no cumplimiento por infracciones a la ley social, establecen sanciones económicas a los infractores por lo que Coteor tendría que asumir esa responsabilidad al haber despedido injustificadamente al ex trabajador con varios años de antigüedad.
CASOS
El caso de Guillermo Salazar no es el único que existe en Coteor, por despido injustificado, porque Rosario Condori también fue despedida intempestivamente en febrero de 2008.
Ambos denunciaron esa arbitrariedad en la Dirección Departamental del Trabajo, instancia que de manera individual notificó tanto al empleador y empleado en la vía conciliatoria. A la primera convocatoria sólo asistieron los denunciantes y no así los representantes de la cooperativa, dando lugar a una segunda citación para otra audiencia; en la que nuevamente concurrieron los afectados y no los empleadores. A la conminatoria posterior tampoco concurrieron los representantes de la cooperativa y los dos ex trabajadores se beneficiaron con similares resoluciones que hasta la fecha Coteor no cumple.
DIRECCION
En la Dirección Departamental de Trabajo se informó a LA PATRIA que estos casos pasaron a otra instancia que es el Juzgado de Trabajo y se trata de un proceso judicial que puede durar varios años.
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