El Gobierno decretó ayer el registro obligatorio y gratuito de los celulares en las operadoras del sector con el propósito de que sean inhabilitados en caso de pérdida o robo. Este proceso comenzará en 15 días y durará tres meses. Tigo, Entel y NuevaTel desactivarán los móviles que no hayan sido inscritos en ese plazo.
Con esta medida, el Ejecutivo quiere superar los problemas que tuvo en 2007 la aplicación de una resolución administrativa de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sitel) que imponía a las operadoras la obligación de registrar los celulares de sus clientes para evitar robos.
Dos de esas dificultades fueron la falta de una campaña de orientación para los usuarios y que éstos no se presentaban para hacer la inscripción.
El Decreto 353, emitido este miércoles, crea los Registros de propiedad de Equipos Móviles y de Titulares de Cuentas, los que “constituyen fuente oficial de información y verificación para las acciones orientadas a mejorar (…) la seguridad ciudadana”.
Las operadoras de telefonía móvil se encargarán de la administración y el mantenimiento de ese banco de datos.
Cada cliente podrá inscribir una cantidad indefinida de celulares de manera personal, una llamada telefónica o mediante medios electrónicos, como una página web, SMS o correo electrónico. Los menores de 18 años deberán presentarse con una persona mayor de edad.
Para el registro del aparato celular se deberá declarar el nombre del propietario, número de documento de identificación personal y el código de identificación internacional de equipo móvil (IMEI) o su equivalente.
También se deberá dar el nombre de la persona que solicitó el servicio a la empresa de telefonía móvil, su número de carnet de identificación y el número asignado al móvil.
El IMEI es el número de serie único que el fabricante (Nokia, Sony-Ericsson, LG, etc.) graba en cada celular y que no se repite en ningún otro.
El propietario puede obtener el IMEI mediante el siguiente procedimiento: marcar *#06# (asterisco, numeral, cero, seis, numeral). No se debe presionar “send” o “enviar”. El decreto autoriza a los operadores a “suspender el servicio” de los celulares que no hayan sido registrados en el plazo establecido.
La norma ejecutiva también otorga a las empresas de telefonía móvil la facultad de cortar las llamadas cuando tampoco se haya registrado en el plazo de 90 días el número asignado (de teléfono móvil) al titular de una cuenta.
El servicio se interrumpirá además por solicitud de un cliente que haya extraviado su artefacto. El decreto asigna a las operadoras la tarea de comprobar que el móvil que una persona o empresa quiera habilitar no haya sido declarado perdido o robado. En caso de presentarse esta situación, el aparato deberá quedar incautado y se dará el reporte a su dueño.
Sobre los plazos
La Autoridad de Telecomunicaciones y Trasporte (ATT), ex Sitel, es la encargada de elaborar el reglamento del Decreto 353 para normar, por ejemplo, la modalidad de denuncia de pérdida o robo de un móvil. El viceministro de Transporte, José Kinn, puntualizó que el decreto entrará en vigencia cuando sea publicado por la Gaceta Oficial de Bolivia y anunció que eso puede ocurrir hoy, día en el cual se deberá comenzar a contar los 15 días de plazo para la elaboración del reglamento y los tres meses para la registro del IMEI y los otros datos.
Explicó que con esta disposición el Gobierno pretende disminuir el elevado índice de robo de celulares, que “provoca incluso la muerte violenta de sus propietarios”.
De acuerdo con la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), en La Paz se reportan sólo dos o tres robos de móviles por día. Pero, según esa misma fuerza policial, las cifras reales son considerables.
El 24 de octubre de este año un juez cochabambino dispuso la detención preventiva de tres adolescentes liderados por Reynaldo Valderrama, el “Pichón”, de 20 años, quien confesó haber disparado a quemarropa contra un joven de 17 años para robarle un celular.
Otros detalles
El Gobierno emitió este decreto con el propósito de reducir el robo de celulares y acabar con el mercado negro donde se venden estos aparatos bajo el rótulo de usados o de segunda mano. También se quiere evitar que las empresas operadoras activen, sin previa comprobación, los celulares perdidos o sustraídos tal como ocurre ahora, según declaró anoche el viceministro de Transportes, José Kinn.
Cuando un celular sea registrado mediante una página web, correo electrónico, SMS o una llamada telefónica, la Autoridad de Telecomunicaciones y Transporte (ATT) hará la verificación de la identidad del dueño de la cuenta y del móvil mediante otros bancos de datos, como los de la empresa operadora que presta el servicio.
Desglose de algunos artículos de la norma ejecutiva
Artículo 2. Definiciones: Equipo terminal móvil: Equipo electrónico por medio del cual el usuario accede a las redes de telecomunicaciones móviles.
Identificador internacional del equipo móvil (IMEI): Código pregrabado en los teléfonos móviles de tecnología GSM que identifica a un aparato de manera específica.
Titular de cuenta. Persona natural o jurídica a cuyo nombre se registra la cuenta para la provisión del servicio de telecomunicaciones móviles en el Registro de Titulares de Cuentas.
Propietario de equipo terminal móvil. Persona natural o jurídica a cuyo nombre se registra la propiedad del Equipo Terminal Móvil en el Registro de propiedad de Equipos Terminales Móviles.
Número de cuenta. Número asignado al titular de cuenta por la empresa operadora.
Tarjeta SIM: dispositivo electrónico con información de una cuenta de servicios de telecomunicaciones.
Artículo 6. Registro de nuevos usuarios. A partir del inicio del funcionamiento de los registros, las empresas operadoras de redes de telecomunicaciones móviles, para la habilitación de nuevas cuentas, deberán contar con el registro del titular de la cuenta y del propietario del equipo terminal móvil.
Artículo 8. Baja y rehabilitación de los equipos terminales móviles. A solicitud del propietario del equipo terminal móvil registrado, las empresas operadoras de telefonía móvil darán de baja del servicio a los equipos terminales móviles reportados como extraviados, hurtados, robados o desechados.
Los datos
En 2007, la Superintendencia del sector emitió una resolución para el registro de celulares.
La medida fracasó, pero las operadoras no fueron sancionadas por el ente regulador.
El Decreto 353 establece el corte del servicio de telefonía de los móviles que no sean inscritos.
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