“El profesor Francisco Orrego Vicuña está dispuesto a servirnos como árbitro en este procedimiento y es independiente de todas las partes involucradas en el mismo”, asegura la demandante.
La Razón trató de comunicarse ayer con el abogado chileno pero no fue posible porque se encontraba en una reunión fuera de su oficina, indicó su secretaria.
Es la segunda vez que Francisco Orrego Vicuña es árbitro de ETI. La primera vez fue parte del tribunal conformado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), antes de que cambien al arbitraje Ad Hoc de la Comisión de las Naciones Unidas en Leyes de Comercio Internacional (CNUDMI).
En esa oportunidad, el tribunal estuvo presidido por el alemán Bruno Simma e integrado por el británico-francés Philippe Sands (por Bolivia) y por el chileno Orrego Vicuña.
Según información en el sitio web de la Universidad de Chile, Orrego Vicuña es profesor de esa casa de estudios; reconocido jurista en el CIADI; fue juez ad hoc del Tribunal Internacional del Derecho del Mar, y hoy pertenece al Instituto para el Arbitraje Internacional de París.
ETI, respecto al lugar del arbitraje propuso “que los procedimientos se lleven a cabo en París u otro lugar apropiado”.
Según las reglas de Arbitraje de la CNUDMI, se tiene 30 días para definir a uno o tres árbitros y, si no hay consenso, esta nominación se puede trasladar a la Secretaría General del Tribunal Permanente de Arbitraje de La Haya. Al respecto, las autoridades bolivianas deben confirmar si fue aceptado este árbitro, se recusó o en qué estado se encuentra esta demanda de ETI.
Transparencia es el veedor
La resolución administrativa que aprueba el documento base de contratación de un consorcio de abogados extranjeros, para enfrentar procesos de arbitraje instalados por ETI, Quiborax y CLHB, señala que el Ministerio de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción fiscaliza todo este proceso.
“Conforme al artículo 7 del Reglamento del Decreto Supremo N° 0075 de 15 de abril del 2009, se convoca al Jefe de la Unidad de Transparencia a efectos de constituirse en forma obligatoria, como Veedor del Proceso de contratación en sus diferentes etapas, comunicando todos sus actos al Ministerio de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción”, señala el artículo 3 de la Resolución Administrativa No. 005/2010 del Ministerio de Defensa Legal del Estado.
Esta resolución forma parte de los documentos publicados en la página web del Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), espacio que permite conocer a interesados y público en general en qué se invertirán (compra de bienes y servicios) los recursos de las entidades estatales.
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