El proyecto de Ley de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y Comunicación otorga a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes la facultad de establecer el régimen general de tarifas y precios a los servicios de telefonía, telecomunicaciones y tecnología.
El artículo 42 de la norma referido al Régimen Tarifario señala que “el nivel central del Estado, a través de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, establecerá el régimen general de tarifas y precios a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, provisto en todo el territorio nacional, independientemente de su cobertura”.
Para cumplir con este procedimiento, se establecerán los mecanismos a través de un reglamento.
No obstante, la ley que comenzará a ser tratada en el plenario de la Asamblea Legislativa Plurinacional, desde la próxima semana, establece condiciones que deben cumplirse para armar una estructura de tarifas y precios para todos los servicios.
Entre ellas se señala que la estructura de tarifas y precios reflejará los costos que demande la provisión eficiente de cada servicio, además que se debe atender los principios de solidaridad y asequibilidad, de modo que se incluyan opciones tarifarias para usuarios de menores ingresos.
Adicionalmente, los operadores de telefonía, servicio postal o Internet deberán publicar sus tarifas para que el usuario decida a qué empresa contratar.
“Los operadores deberán publicar en Internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión” sus tarifas, apunta la normativa.
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