30 noviembre 2012

Organizado por la ATT Taller de socialización permite conocer reglamento de ley de telecomunicaciones

Un taller de socialización permitió ayer conocer la Reglamentación de la Ley 164 de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, para establecer qué normativa está vigente en el país en relación a esta actividad y cómo se debe proceder para el uso de las frecuencias y licencias.

El acontecimiento fue organizado por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), dirigida a los dueños de medios de comunicación y periodistas, que se realizó en uno de los ambientes de la Casa Municipal de Cultura "Javier Echenique Álvarez".

El expositor fue el coordinador de la ATT Pando-La Paz, Marcelo Gutiérrez, quien explicó todos los elementos de dicha norma.

"El taller tenía el objetivo principal de socializar al ciudadano y poner en conocimiento al usuario dentro de las comunicaciones, así como de los operadores para que presten un buen servicio y para que presten un buen servicio tiene que estar basado en normas y reglamentos que está manejando la ATT, no se comentan infracciones y que el trabajo sea transparente cuando él esté prestando el servicio sea legal y esté autorizado por el Estado", explicó.

Argumentó que los usuarios o propietarios de medios de comunicación que tengan dudas acerca de la normativa establecida en la Ley 164 de Telecomunicaciones, deben presentar sus consultas por escrito a la página web de la ATT, para responder por escrito.

TALLER

En el taller se explicaron cuatro temas principales: Plan nacional de frecuencias, licencia única, internet como servicio básico, firma y certificado digital.

Se estableció que según la Constitución Política del Estado el espectro electromagnético es un recurso natural estratégico, de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano y corresponde al Estado su administración en función del interés colectivo, para el desarrollo del país.

Asimismo, se indicó que el espectro radioeléctrico es el conjunto de ondas electromagnéticas que se propagan por el espacio y que son utilizados para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

También se explicó que se habilitarán más fragmentos del espectro para voz y aplicaciones multimedia y se establecerán bandas de uso libre para investigación, ciencia y medicina, según recomendaciones internacionales: 2.400 a 2.483,5 Megahertz (Mhz); 5.250 a 5.350 Mhz y 5.725 a 5.850 Mhz.

Respecto a las licencias que serán de acuerdo a contrato, la Ley 164 determina las siguientes: Licencia única, habilitación específica, licencia de radiodifusión, licencia para el uso de frecuencias, licencia para redes privadas, licencia para servicios de valor agregado y licencia para la provisión de servicios satelitales.

Se enfatizó asimismo, sobre las disposiciones transitorias. Las autorizaciones transitorias especiales para operar una red pública de telecomunicaciones o para prestar servicios de telecomunicaciones al público, migrarán a licencia única. Los registros para proveer servicios de valor agregado de internet, migrarán a licencia única, también.

Respecto al certificado digital, se señaló que es un documento digital firmado digitalmente por una entidad calificadora autorizada que vincula unos datos de verificación de firma a un signatario y confirma su identidad.

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