Explicó que esta prohibición responde a la necesidad de asegurar la veracidad de la información que las compañías deben brindar a los usuarios, respecto a la calidad, propiedad y las características de los planes y productos que ofrecen.
En ese sentido, las características de los servicios ofrecidos por las operadoras de telefonía pueden inducir a confusiones en los usuarios, por las velocidades que se oferten bajo la denominación 4G.
Osiptel efectuará acciones de supervisión para verificar el cumplimiento estricto de esta obligación.
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