Los saldos no consumidos por los usuarios del servicio de internet no pueden ser revertidos por las empresas telefónicas y deben acumularse, según dispone el reglamento general de la Ley de Telecomunicaciones y las TICS.
El gerente de ENTEL, Óscar Coca, saludó la medida, pero informó, según la red televisiva Uno, que las empresas esperan una disposición de la Autoridad de Fiscalización y Regulación en Transportes y Telecomunicaciones (ATT).
“Antes, un usuario compraba un paquete de 200 bolivianos para tráfico de voz y 100 bolivianos para datos, pero consumía en voz sólo 150 bolivianos y el saldo se acumulaba para el siguiente mes; pero no ocurría lo mismo en datos: si consumía los 100 bolivianos del paquete estaba bien, pero si sólo llegaba a diez bolivianos, el saldo moría”, explicó.
Coca destacó la norma porque beneficia al usuario.
El artículo 7 del reglamento de la Ley de Telecomunicaciones señala que en las modalidades prepago (tarjetas) y pospago (planes) del servicio de acceso a internet se debe considerar lo siguiente: “a) Planes en los que se oferten diferentes volúmenes de datos y tiempos de vigencia; b) En la modalidad pospago, el volumen de datos no consumido se sumará al volumen de datos del siguiente mes; c) En la modalidad prepago, para paquetes por volúmenes de bytes, el volumen no consumido se sumará al siguiente volumen de datos adquirido, siempre y cuando el usuario o usuaria realice una compra del mismo paquete u otro similar en un período no mayor de dos meses; d) Para ambas modalidades, cada volumen de datos no consumido se acumulará mínimamente dos meses”.
Reacciones
Los miembros del colectivo Más Ancho de Banda para Bolivia llamaron a los call centers de las empresas proveedoras de internet en Bolivia, las cuales coinciden en sus respuestas al señalar que mientras el usuario tenga un plan contratado estará en condiciones de usar los megabytes (MB) no consumidos. Excepto ENTEL, que no ha emitido ningún instructivo al respecto, señala una nota de ese grupo.
Tigo dijo a Página Siete que cumple con esta normativa y los dos meses del reglamento.
El ciberactivista Mario Durán Chuquimia observó que la norma tiene algunas restricciones, como que se tenga que contratar un plan vigente o el tiempo de espera sea de dos meses, como máximo.
En su criterio, los clientes de las empresas deberían emplear su crédito de internet cuando lo deseen, como ocurre con un depósito de dinero en un banco.
Además, insistió en que se regule mejor el servicio de datos y de llamadas telefónicas, porque tanto la calidad como la velocidad han disminuido.
Incluso cuando por este concepto las firmas ganan millones.
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