El Gobierno quiere tener la llave de todo lo que ingresa y sale de Internet y de las llamadas de larga distancia nacional e internacional.
Un documento al que tuvo acceso EL DEBER establece restricciones para las operadoras de telecomunicaciones.
Según los incisos VI y VII del artículo 1 del referido proyecto de decreto, las operadoras de telefonía deben implementar el Punto de Intercambio de Tráfico (PIT). “El operador que administre el PIT deberá disponer un sitio web de acceso público con información de las condiciones técnicas para la interconexión e información técnica sobre los enlaces de interconexión vigentes con proveedores de acceso a Internet y con otros PIT internacionales”.
El proyecto es claro en cuanto a la administración del PIT y de la salida internacional de Internet, pues afirma que estará a cargo de la empresa de telecomunicaciones con participación estatal mayoritaria (Entel).
Al respecto, el director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Regulación de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), Clifford Paravicini, confirmó que este proyecto es trabajado por el Viceministerio de Transportes y que el mismo aplica la Ley de Telecomunicaciones vigente.
Descartó que exista un monopolio del “operador predominante”, que en este caso es Entel. De igual modo, afirmó que hasta junio la ATT tendrá listos el estudio y una nueva banda de precios por el uso de llamadas de teléfono.
Explicó que según las normas tienen 90 días para el estudio del mercado y otros 90 días para su socialización; sin embargo, el documento en su artículo 3 señala que la renovación de los servicios no será cambiada excepto para Entel, lo que constituye un monopolio.
Operadoras
Nadia Eid, responsable de Comunicación Corporativa de la empresa Tigo, alertó que el efecto principal puede ser para los usuarios, pues no se garantizará la calidad ni el precio y la competitividad se anula.
Juan Pablo Calvo, vicepresidente ejecutivo de Viva Nuevatel, indicó que si bien se trata de un proyecto, esto puede conmocionar la economía de los operadores, además de afectar la posibilidad de los usuarios de escoger la mejor opción de precio y calidad en Internet y Larga Distancia Internacional.
Por su lado, la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz Ltda. (Cotas) optó por no opinar sobre algo extraoficial.
El experto en Regulación Pedro Solares, si bien desconece el proyecto, lamenta que se pretenda cambiar lo establecido por un decreto que se emitió hace no más de cinco meses, que además refleja el consenso al que se llegó en su momento con el Viceministerio de Telecomunicaciones, en sentido de que cualquier operador con conexión directa internacional pueda constituirse en un PIT y aplique la obligación de interconectarse entre PIT. Este modelo funciona en otros países y se evita monopolios .
Los artículos de la normativa
El proyecto
1 Artículo 1. Los proveedores de servicio de Internet deben interconectarse entre sí dentro del territorio nacional a través del Punto de Intercambio de Tráfico (PIT), por el que se cursará el tráfico de Internet que corresponda.
2 Inc. VII. La administración del PIT y de la salida internacional de Internet estará a cargo de la empresa de telecomunicaciones con participación estatal mayoritaria, en este caso de Entel.
3 Art 2. Los proveedores de servicio de voz de larga distancia internacional deben interconectarse obligatoriamente a un nodo de salida por el que se cursará el tráfico internacional entrante y saliente del país.
4 Tarifa. Del monto que determine la ATT como tarifa mínima para el tráfico internacional entrante, el proveedor de ese servicio de voz pagará al operador titular de las líneas de usuario final.
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