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14 noviembre 2013
Plazo de siete años para implementar el software libre
El plazo máximo para que los sistemas de entidades públicas migren a software libre y estándares abiertos es de siete años, según establece el decreto reglamentario de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado ayer.
“Esperamos que en el plazo de siete años, establecido en el decreto, todo el sistema público del Estado Plurinacional, de los cuatro órganos, pueda haberse incorporado, ser usuario y parte de un país que entra a la era de la tecnología, información y comunicación”, resaltó la ministra de Planificación, Viviana Caro, al presentar la norma.
El Decreto Supremo 1793 reglamenta la Ley de Telecomunicaciones, que dispone en su artículo 77 la promoción y prioridad de la utilización del software libre. Caro detalló que el decreto tiene tres elementos: el primero, establece instancias, plazos y procedimientos para el “gobierno electrónico”.
El segundo, explica características del acceso al software libre, que es la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir e incluso modificar programas del sistema (windows, photoshop, etc.) y todo de forma gratuita.
El uso y certificación de la firma digital es el tercer elemento. El reglamento da seis meses, a partir de la aprobación de los estándares técnicos, para implementar infraestructura y procedimientos para su aplicación y certificación digital.
“Es una medida positiva tener el software libre como política de Estado. La firma digital, que es un componente de software, reducirá la burocracia porque los trámites serán vía internet”, dijo Mario Duran, ciberactivista.
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