Los consejeros de administración y vigilancia de la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro (Coteor) Ltda. en la última sesión no propusieron nada referente a la posibilidad de incrementarse las dietas que perciben.
El gerente de la cooperativa, Carlos Blacutt Peredo, negó que se hubiera analizado la posibilidad de incremento de dietas de los consejeros de la Coteor Ltda., puesto que normativas nacionales y el estatuto de la institución determinan el monto que deben recibir por el trabajo que realizan al interior de la cooperativa.
"En nuestro estatuto determina que los consejeros de administración y vigilancia deben cobrar las dietas equivalentes a cuatro salarios mínimos nacionales, por ende no depende de los integrantes de los dos consejos la posibilidad de un incremento", explicó.
En el estatuto en su artículo 73 del capítulo IX referente a remuneración por asistencia a reunión, determina que los directivos de la Coteor, percibirán un reconocimiento económico por asistir a las reuniones o sesiones de consejos ordinarios, equivalente a dos salarios mínimos nacionales por sesión y que las extraordinarias no deben ser reconocidas.
En el mismo artículo se determina que los miembros de los comités permanentes y comisiones circunstanciales, percibirán un reconocimiento económico por asistencia a las reuniones y sesiones equivalentes al cincuenta por ciento del reconocimiento establecido para los consejeros.
"En lo particular nuestro estatuto es claro y dice que deberán sesionar los consejeros tanto de administración y vigilancia al menos cuatro veces al mes, obviamente esto se ha referido como una posibilidad mínima, pero los consejos de reúnen muchas veces sin que tenga que incrementarse las dietas", explicó.
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