En agosto de 2011, se promulgó la Ley 164 de Telecomunicaciones, Tecnologías de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, con el objetivo de promover el uso de las tecnologías de información y comunicación. En este marco se anuncia que se promoverá y dará prioridad a la utilización del software libre y estándares abiertos, en el marco de la soberanía y seguridad nacional. Asimismo, se afirma que se elaborará "el plan de implementación de software libre y estándares abiertos”. En noviembre de 2013, el Decreto Supremo 1793 reglamenta esta ley y dispone seis meses de plazo para implementar el Repositorio Estatal de Software Libre para las aplicaciones desarrolladas en el sector estatal; cumplir con la obligación de registrar las aplicaciones desarrolladas de manera directa o a través de terceros en el repositorio; e iniciar la migración de sus sistemas informáticos a software libre.
El plazo máximo para la migración de las entidades públicas a software libre será de siete años desde el inicio de la migración.
Ante ello, varias entidades locales e internacionales de desarrollo de software han expresado su preocupación. El argumento principal es que esta disposición puede desincentivar el desarrollo de tecnología en el país y, también, que al obligar a las entidades públicas a usar plataformas libres, se conflictúe la gestión y eficiencia de las mismas.
Página Siete abrió un debate para profundizar en una temática que preocupa y puede incidir en el desarrollo tecnológico del país.
Página Siete.- ¿Qué es lo positivo y lo negativo de la normativa?
Eric Ovando.- Como Microsoft vemos que el hecho de que el Gobierno preste atención al tema tecnológico es positivo; debe ser parte de la agenda pública. Nosotros no estamos en contra del software libre; lo que nos gustaría es que se maneje en un sistema de interoperabilidad. Básicamente esto quiere decir que exista una convivencia entre el software propietario y el software libre; que ambas plataformas interactúen entre sí y den un beneficio final al usuario.
Página Siete.- ¿Cuál es el problema con la nueva normativa?
Eric Ovando.- El problema es cómo se está queriendo manejar la situación: se quiere superponer al software libre, solapando todas las licencias de software propietario vigentes. La reciente reglamentación está poniendo fecha de ocho meses para que todas las instituciones públicas dejen el software propietario y migren, sí o sí, a plataformas de software libre.
Página Siete.- ¿Qué implicaciones tiene esta decisión?
Sergio Valle.- El software libre es un esquema diferente de comercialización. Con software propietario existe una concesión de uso por licencia; con el software libre lo que se hace es entregar un software a la empresa o institución pública y este software entra en una especie de repositorio para que sea utilizado por cualquier otra institución del Estado sin costo adicional. Es decir, no son programas desarrollados para cada institución de acuerdo con sus necesidades y particularidades, sino programas generales que son compartidos por varias instituciones. Lo que nos lleva a un costo oculto pues no se sabe quién va a dar mantenimiento, soporte o respaldo técnico.
Página Siete.- ¿Es decir que con la implementación de esta normativa las instituciones del Estado deben compartir software?
Sergio Valle.- La reglamentación dice que debe haber un repositorio al cual cada institución lleva su software para ser compartido.
Página Siete.- ¿Y qué es lo malo de esta determinación?
Eric Ovando.- Estamos de acuerdo con que exista un repositorio. En muchos países se maneja la integración; lo que cuestionamos es cómo se lo está queriendo hacer, sin dar paso o pie a que alguien -un ciudadano de a pie que tenga su empresa pequeña y desarrolle software propietario- pueda venderle algo al Gobierno. Se están cerrando las puertas para todo lo que no sea software libre.
Lo mismo pasa con los proyectos que se han trabajado e implementado en diferentes instituciones (hablamos de Impuestos, Aduana, Ministerio de Economía) que cuentan con software propietario no sólo de Microsoft sino de diferentes empresas, que han hecho una inversión en tiempo, recursos e implementación. Decir que el día de mañana volvamos a foja cero y empezamos con software libre, nos parece que no está bien; creemos que debe haber software libre, pero se debe entrar en una forma paulatina y dejar a la decisión del usuario en qué casos conviene. No se puede imponer de una forma vertical.
Página Siete.- ¿Cómo debería manejarse la reglamentación?
Sergio Valle.- Desde mi punto de vista, en Bolivia -como ocurre en otras partes del mundo- debemos apostar a la construcción de plataformas mixtas, plataformas donde conviva el software comercial y el software libre. Ambas soluciones son buenas, pero no deben ser excluyentes.
Página Siete. ¿Pueden convivir?
Sergio Valle.- Ya conviven en los principios establecidos en la Ley 164. El primer principio es la interoperabilidad: ambos sistemas pueden compartir información. El segundo elemento es la neutralidad tecnológica: en ley se dice que el Estado promoverá la adopción de diferentes plataformas tecnológicas y no cegarnos a una u otra, sino promover todas -lo cual es lógico en un mundo globalizado donde las tecnologías van cambiando y desarrollando de manera rápida y constante-.
El software libre y el software comercial son dos filosofías distintas, nada más. El software libre busca el beneficio común; busca la libertad del usuario para usar mejor el software; busca, a través de esa gratuidad, tener una modalidad de negocio de bajo costo. En cambio, el software comercial restringe el uso y la distribución del software, no permite hacer copias de los productos, no permite instalar una licencia en varios equipos y esto se debe a que se resguarda el trabajo de inversión de los clientes. Los que defienden el software propietario buscan, primero, dar una mayor calidad a su producto, por ello desarrollan permanentes actualizaciones y ofrecen seguridad del producto.
Sin embargo, el software libre, si bien no tiene estas restricciones de acceso y uso, no está exento de dificultades. Si bien es gratuito, tenemos que contratar a alguien que haga la instalación, la configuración, que nos dé soporte preventivo, que nos capacite, etcétera. Todo esto tiene un costo para la empresa o para el individuo. El software libre no es gratis, tiene un costo para cualquier entidad. En conclusión, ambos sistemas, ambas plataformas son positivas; no tenemos que irnos a los extremos de usar exclusivamente una u otra; hay que generar plataformas mixtas bajo principio de interoperabilidad y neutralidad tecnológica.
Página Siete.- ¿Si la ley lo estipula, qué estaría amenazando esta buena convivencia?
Eric Ovando.- La ley lo estipula, pero el reglamento está orientado a sesgar el tema; ha olvidado los principios de neutralidad e interoperabilidad y sostiene que en siete años el Estado tiene que migrar a software libre. Cuando el artículo 70 de la ley indica que promoverá y dará prioridad al software libre, no dice que es la única opción ni tampoco que es una obligación. ¿Cómo leemos esta contradicción?
Sergio Valle.- Como fundación agnóstica, Fundeticcs cree que se debe construir plataformas mixtas. Ambas son positivas para el país. Yo me pregunto: si tenemos que migrar en siete años al software libre, ¿cómo vamos a manejar, por ejemplo, un satélite que viene con un software prediseñado?, ¿cómo vamos a manejar el software de una impresora que ya viene predeterminado?, ¿vamos a tener que fabricar otro software?
Página Siete.- ¿Cómo puede perjudicar esta normativa?
Eric Ovando.- En primer lugar, toda la inversión que han hecho las instituciones quedaría en cero, habría que empezar a hacer un rediseño de todo. Hay que considerar también la capacidad de soporte que se va a tener que desplegar para asumir esta pesada carga y no afectar a la gestión de las instituciones. Si el día de mañana se empieza a caer la plataforma de un ministerio, el sistema de la Aduana o de Impuestos, es un gran riesgo. Si deciden cambiar y no existe un software que esté realmente probado creamos un hueco y ese hueco representa una pérdida y eso repercute en el ciudadano.
Página Siete.- ¿Podría llegar a pasar eso?
Sergio Valle.- Ya ha pasado. Bolivia no es el único país que está haciendo esto. Existen casos en que se ha visto que pasado cierto tiempo, los países tienen que hacer una vuelta atrás porque la idea no ha impactado como pensaban.
Página Siete.- ¿Tiene el país la capacidad para desarrollar su propio software, sus propias aplicaciones y plataformas?
Eric Ovando.- Tenemos grandes desarrolladores en Bolivia. El tema es cómo meterlos en este reglamento. Hay capacidades en el país, tenemos ingenieros fantásticos, se exportan ingenieros y con esto se van a ir más. No queremos llegar a un monopolio; creemos que al final el usuario tiene que decidir con qué solución va a trabajar.
¿Cuál es el escenario normativo boliviano en el tema de uso de software?
En Bolivia el marco normativo relacionado con el uso, aplicación y adopción de nuevas tecnologías de información y comunicación está dado por la Constitución Política del Estado, que determina que internet no es un valor agregado sino un servicio, y las nuevas tecnologías se incorporan como una prioridad nacional. Un segundo elemento es la promulgación de la Ley 164 de telecomunicación, de agosto de 2011, que reglamenta el uso y adopción de las nuevas tecnologías en el Estado, y tiene cuatro áreas fundamentales: la implementación del gobierno electrónico, los certificados digitales, la firma electrónica y la implementación de software libre en el país.
A esto se suma la reciente promulgación, en noviembre de 2013, de un reglamento de tecnologías de información y comunicación que estipula algunas directrices en cuanto a la implementación del gobierno electrónico, especialmente la de utilizar las nuevas tecnologías para modernizar el Estado, mejorar la prestación de los servicios públicos y estipula que las entidades del Gobierno empiecen a adoptar y dar prioridad al uso de software libre.
Aunque la ley dice que se promoverá y dará prioridad al uso de software libre, no sostiene que es un tema obligatorio. El reglamento, por el contrario, determina plazos para la migración al uso exclusivo de software libre.
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