El Decreto Supremo 2498 establece que desde finales de 2016 los usuarios de telefonía móvil en el país podrán conservar su número telefónico al momento de cambiar de empresa telefónica. La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) tiene desde hoy un plazo de tres meses para que elabore su reglamentación.
"El número es del usuario, quien podrá cambiar de operador telefónico el momento que desee. O también (el cliente) puede ver el precio, calidad o condiciones de servicio para llevar su número al operador que desee”, informó el viceministro de Telecomunicaciones, Marco Antonio Vásquez.
Luego de la aprobación de este Reglamento, existe un año de plazo para que las disposiciones del Decreto entren en vigencia. "Ya está vigente, se están elaborando los reglamentos técnicos, tienen tres meses de plazo para eso y un año a partir de ese plazo para que los operadores implementen el servicio; estaríamos hablando a finales de 2016”.
De acuerdo al DS 2498, la implementación de la "portabilidad numérica" en los servicios de telecomunicaciones (telefonía móvil) es de "cumplimiento obligatorio de todos los operadores, los cuales deberán acatar lo establecido en los reglamentos técnicos de portabilidad numérica que se aprueban para este fin", dijo Vásquez.
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