Tras haber conocido el monto de la dieta mensual de Bs. 14.440 (catorce mil cuatrocientos cuarenta) que perciben los consejeros de la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro Ltda. (Coteor); el ex presidente del Consejo de Vigilancia de la institución (2012), Humberto Cabezas, culpó de este accionar al artículo 73 del estatuto que aún está vigente en la cooperativa.
Dicho artículo expresa: "Los Directivos percibirán un reconocimiento económico por asistencia a las reuniones o sesiones de Consejos Ordinarios, equivalente a dos salarios mínimos nacionales por sesión. Las extraordinarias no serán reconocidas…".
"En mi juicio el artículo 73 del antiguo Estatuto Orgánico de la Cooperativa (actualmente vigente) que hace referencia a la remuneración de los consejeros, es realmente atrevido y saca de la realidad a la cooperativa", indicó Cabezas.
Además, explicó que durante su gestión existió una acción similar, pues a un año de haber sido posesionados, en sesión los consejeros de Administración y Vigilancia decidieron aumentar de manera casi unánime las dietas de aproximadamente 8 mil bolivianos a algo más de 9 mil, misma que habría sido rechazada por Cabezas, pues consideraba ese monto muy exagerado.
"Después de eso tomé una acción, yo de manera personal he devuelto la demasía y tengo las papeletas del depósito", expuso Cabezas.
Según el ex presidente de Vigilancia, en el nuevo Estatuto Orgánico de Coteor, que está adecuado a la nueva ley de cooperativas, el reconocimiento económico que se otorga a los consejeros es de 7.500 bolivianos, este documento aún estaría en tratamiento en la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (Afcoop).
Asimismo, Filiberto Escalante, ex consejero de Administración, también electo el 2012 reclamó. "Me sorprende que pasado un mes, estas nuevas autoridades ya estén queriendo asaltar la cooperativa, lamento esta situación que los consejeros estén causando daño a la cooperativa".
Mientras tanto los presidentes del Consejo de Administración y Vigilancia, Hjalmar Portillo y Sonia Saavedra, respectivamente, mantienen que no existe ningún incremento, y que solamente se estaría cumpliendo la norma que dispone el Estatuto Orgánico de la Cooperativa en su artículo 73.
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