El Tribunal Electoral Departamental de Oruro (TEDO), recibió la documentación necesaria del Tribunal Supremo Electoral (TSE), para la administración de las elecciones de consejeros de administración y vigilancia de la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro (Coteor R.L.).
"Hemos recibido la documentación correspondiente del TSE, puesto que el 19 de septiembre, ha sido solicitado por Coteor R.L. la administración del proceso electoral. El reglamento establece que toda solicitud debe presentarse al TSE. Y el 5 de diciembre la sala plena del Tribunal Supremo mediante resolución TSE-RSP ADM N° 0656/2018, se ha aceptado la solicitud de la administración de las elecciones. Y se ha firmado el convenio en el marco interinstitucional entre TSE y Coteor R.L", informó Huayllas.
Con ello el TEDO acepta la solicitud de organización, dirección, administración y ejecución del proceso electoral de Coteor R.L. que se llevará a cabo el día domingo 17 de febrero de 2019.
"El 28 de diciembre la sala plena del TEDO ha elaborado la convocatoria, en cumplimiento al convenio suscrito entre el TSE y Coteor R.L. con la finalidad de establecer la planificación correspondiente para llevar adelante este proceso electoral, se ha definido la fecha en sala plena", asintió Huayllas.
Los cargos que notifica la convocatoria son cinco titulares en el Consejo de Administración y similar número en el Consejo de Vigilancia, para el periodo 2019 - 2021. Dieciséis son los documentos que deben presentar los postulantes en ambos casos, cada documento tiene un requisito, medio de verificación y base legal.
Dentro de la convocatoria también se estipulan normativas sobre campaña y propaganda electoral en actos públicos y medios de comunicación, en el que las candidatas y candidatos tienen un máximo de difusión de propaganda de 10 minutos diarios en redes, canales de televisión, estaciones de radio y en medios impresos un máximo de media página diaria, todo ello en plazos comprendidos sujetos a calendario electoral.
Podrán sufragar los asociados propietarios de un certificado de aportación, inscritos legalmente a su nombre y estén habilitados en el proceso electoral y las personas jurídicas ejercerán su derecho al voto si están legalmente acreditadas, con un carnet de identidad y poder notarial. Las personas naturales realizarán su voto presentando su cédula de identidad vigente de manera personal e indelegable.
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